miércoles, 28 de mayo de 2014

Vuelve "LA CARCEL DE PAPEL"

Ya que últimamente nuestro Ayuntamiento, en lo relativo a la información a los vecinos, se ha decantado por la persecución y la sanción, sería bueno y aconsejable recuperar aquel antiguo y excelente espacio de “LA CARCEL DE PAPEL”.
Para tal evento, juzgamos el caso siguiente:

HECHOS

Primero - La TORTUGUITA y otros vecinos de Moralzarzal se personan en la Glorieta de la Biblioteca Pública de la localidad, a requerimiento de muchos otros vecinos que, al parecer, se sienten agredidos por la forma de publicitar, por el mensaje publicitario en si, por el espacio utilizado para ello y por el atentado a su buen gusto”, y proceden a tomar fotografías del “monigote fijado al mobiliario público (farola) y al equipamiento urbano (fuente publica)” que se adjuntan (2)


Segundo – Se identifica como presunto responsable de dicho acto al EQUIPO DE GOBIERNO de Moralzarzal.

Tercero – Los hechos relatados pueden ser constitutivos de infracción administrativa de carácter leve (o grave si se entendiese abuso de poder) según el artículo 7 del capítulo III “Carteles y Anuncios” de la Ordenanza de Policía Urbana del Aytº de Moralzarzal.

Cuarto – Por la comisión de la infracción reseñada puede corresponder a dicho EQUIPO DE GOBIERNO la sanción pecuniaria de una multa de 1.500 €, que deben satisfacer de su propio bolsillo, no de los fondos del Ayuntamiento como suelen hacer.

A la vista de los HECHOS detallados, FALLAMOS y CONDENAMOS, al Equipo de Gobierno, a:

a)    Se propone, en principio, la sanción económica mencionada en el punto CUARTO anterior, por importe de 375 €, en grado medio, “no  concurriendo circunstancias” (que no sabemos bien que quiere decir, pero queda “guay”).

b)   Ingresar en la “Carcel de Papel”, por un período de 15 días, para que no puedan disfrutar de los festejos taurinos ni de las degustaciones de “manzanilla y rebujitos”, pagado con los fondos públicos presupuestarios.

RESOLUCION


Se insta al Sr. Secretario del Ayuntamiento a que notifique al EQUIPO DE GOBIERNO el presente fallo, en aplicación de la Legislación vigente, y les haga saber que la presente RESOLUCION, por su carácter de trámite, no admite recurso alguno, por lo que la prisión es inmediata y la sanción económica debe ser satisfecha en tres días, con CARGO A SU PARTICULAR PECUNIO.

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