Artículo 20 Constitución española


Artículo 20 de la Constitución española:

1.     Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.

2.     El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

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