miércoles, 4 de diciembre de 2019

Sobre Plenos y mociones.

Que paradójico resulta ver en la actualidad como se le llena la boca de Constitución al PP, cuando en Octubre de 1978 ALIANZA POPULAR, cuna de los actuales “peperos” y de sus ahora disidentes de “vox”, votaban en contra de la misma junto con los “nacionalistas-independentistas-izquierdistas vascos de Euskadiko Ezkerra”.

Ahora, sin embargo, manipulando torticeramente el contenido de sus artículos, se permiten presentar mociones como paladines de la misma queriendo dar la sensación de que se transgrede o no se cumplen los mandatos constitucionales, cuando la intención final es consolidar y reforzar acuerdos que continúen favoreciendo sus políticas partidistas y los intereses de sus votantes y donantes.

Véase si no el contenido de la “moción franquicia” que va a ser presentada por el PP en el próximo Pleno, en defensa de las libertades educativas consagradas en la Constitución”.

Además de dar en ella, como ciertas, distintas falsedades sobre el cumplimiento de la Constitución, pretenden reclamar cosas que ya son un hecho real, solo por reforzar sus “particulares criterios y acciones” a nivel nacional que posiblemente sean los que están fuera de la Constitución:

El fondo de la cuestión aunque quieran enmascararlo con literatura y argumentos diversos es, “poniéndose el parche antes de la herida”, entorpecer un proyecto de Ley (LOMLOE), que aún no se sabe si verá la luz, puesto que estamos en una situación en que ni siquiera sabemos si finalmente habrá gobierno, como se compondrá y sobre todo que dicha Ley tendría que ser aprobada, en su caso, en el Congreso y por supuesto sería constitucional como todo lo que hasta ahora se ha aprobado.

Lo del “intento de limitar las libertades educativas” es un criterio totalmente subjetivo, partidista y sectario y no parece posible que si fuera así se aprobara en el Congreso, pues sería inconstitucional.

Más bien se busca remover el avispero y arrimar el ascua a su sardina antes de que se produzca algún hecho con el que dicho partido no comulgue y también defender la LOMCE por ellos establecida.

Todo lo demás sobre lo que se habla en la moción como negativo o incumplido es incierto.

Por otra parte, intentan ligar de manera sibilina y mentirosa, en la aprobación de su moción:

La defensa de la red de centros concertados como garantes de la existencia de una oferta plural complementaria a la red pública,
          Con,
Respetar y cumplir el Art 27º3 de la Constitución que obliga a los poderes públicos a garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

En cuanto a lo primero, decirles que ya está totalmente defendido y respetado, aunque a Vds increíblemente no se lo parezca, pues son Vds quienes más legislan y aprueban en su favor.

En cuanto a lo segundo, lo que este punto del artículo no indica es que el derecho a formación religiosa deba ser impartido en Colegios Públicos, ni en Colegios concertados subvencionados con fondos públicos.

¿O acaso estarían dispuestos a que en dichos Centros se impartiera el Islam, el Budísmo, el Judaísmo, etc., en detrimento de los programas netamente escolares y de formación?

Creo que no lo admitirían, por lo que en justa correspondencia y de acuerdo con lo que propone la Constitución dicha formación religiosa, del signo que fuere, que por otra parte está totalmente garantizada, debería ser impartida en Instituciones totalmente privadas que se definan como tales, no como ahora sucede. ¿No les parece?

También citar que “el ámbito de lo moral” que cita el artículo, queda también y principalmente incluido dentro de la redacción del punto 2 del mismo y sin embargo Vds están totalmente en contra de que se imparta la asignatura de EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANIA, herramienta que cumpliría adecuadamente el sentido de este articulado.

OLVIDAN TAMBIEN,

Que la mayoría de centros concertados imparten simultánea y exclusivamente formación religiosa católica, lo que es excluyente de la libertad de elección expuesta en el artículo 27.3 

Que además muchos de estos Centros concertados favorecen o tienden a la separación entre alumnado masculino y femenino, proceder totalmente contrario a lo previsto en el artículo 27.2

Y así, ad libitum del PP hasta el infinito.
Pero, en fin, como en la fábula de la rana y el escorpión, “es su naturaleza”.

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